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Sobreseimiento definitivo para Cóppola en la causa que denuncio la ex novia cubana de Maradona

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La Cámara Federal ratificó su inocencia y dispuso su desvinculación de la causa, aclarando que la investigación «no afectó su buen nombre y honor».

La Cámara Federal porteña dictó el sobreseimiento definitivo del ex apoderado de Diego Maradona, el empresario Guillermo Cóppola, en la causa en la que había sido involucrado en presuntas conductas ilegales por la joven cubana Mavys Álvarez Rego.

Por unanimidad, los camaristas Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico dispusieron la desvinculación de Cóppola y su declaración de inocencia, con la aclaración de que la causa no afectó “el buen nombre y honor del que gozare”.

Los propios abogados de la joven cubana reconocieron que “no puede sostenerse efectivamente un reproche penal contra Cóppola, Mariano Juan Israelit u Omar Suárez, en tanto no ha aparecido una vinculación clara respecto a las específicas maniobras delictivas”  que atribuyeron al entorno de Maradona.

“Ante la solicitud de la querella de desestimar la imputación que pesa sobre Cóppola, Israelit, y Suárez y al no mediar acusación por parte del Ministerio Público Fiscal de la Nación, la solución que se impone no puede ser otra que el sobreseimiento a su respecto”, coincidió el fallo.

Israelit y Suárez formaron parte de los acompañantes de Maradona en Cuba a principios de siglo, cuando permaneció en la isla caribeña en un proceso de recuperación de su adicción a las drogas que lo llevaron a un episodio cardíaco en Uruguay que lo puso al borde de la muerte.

No obstante, el tribunal mantuvo abierta una parte de la investigación para determinar si los delitos, especialmente los atribuidos a autoridades diplomáticas argentinas por las condiciones en que ingresó Álvarez Rego al país en 2001, están efectivamente prescriptos por el paso del tiempo.

Más aún, el juez Boico, en disidencia parcial, reclamó que se profundizara la investigación en orden a los presuntos delitos de trata de personas o reducción a la servidumbre, e invocó jurisprudencia que sostiene que esas figuras son imprescriptibles.

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