La pena supera a la pedida por el fiscal Oscar Ciruzzi. El conductor no irá a la cárcel hasta que el fallo quede firme.
Ricardo Daniel Carías, el conductor de televisión y productor musical conocido popularmente con el apodo de “La Tota Santillán”, fue condenado a 5 años y 6 meses de prisión por el Tribunal N°7, por el delito de ejercer violencia de género y amenazar a su ex pareja y madre de dos de sus hijas. La pena supera incluso a la pedida dos semanas atrás por el fiscal acusador Oscar Ciruzzi, que había requerido cuatro años y seis meses, según confirmó la agencia NA.
Según la denuncia en su contra, además de golpear a la mujer, el animador también está acusado de amenazar a su ex suegro y a una antigua empleada doméstica. No es lo único: el fiscal también acusó a Carías de un intento de extorsión contra su ex contador y de robarle el celular.
El animador seguirá libre mientras la condena en su contra no sea confirmada por la Cámara Criminal y Correccional.
La solicitud de Ciruzzi fue hecha en su alegato ante el juez Alejandro Noceti Achával, a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 7. En ese sentido, el funcionario consideró responsable a “La Tota Santillán” de los delitos de amenazas agravadas por el uso de armas, privación ilegítima de la libertad agravada por ser cónyuge y lesiones leves agravadas por haberse cometido en el marco de la pareja y por mediar violencia de género.
Ciruzzi sostuvo que el conductor debía ser condenado por amenazas coactivas reiteradas por los hechos que involucraron a la ex empleada y al ex suegro. Noceti Achával, tras escuchar el pedido del fiscal y a la defensa, informó que el próximo viernes 9 de junio el imputado decir sus últimas palabras y, tras ello, se conocerá el veredicto.
En su exposición, el fiscal relató uno de los episodios, ocurrido en el año 2013, cuando Carías, su pareja y las hijas vivían en el barrio porteño de de Belgrano, sobre la calle Roosevelt. Allí, tras una discusión, el hombre supuestamente comenzó a insultarla, la arrojó sobre una cama y la amenazó con una tijera, a la que puso cerca del rostro mientras le repetía una frase llena de violencia. “Te voy a sacar el ojo”, le habría dicho el conductor a la mujer, según está expuesta la solicitud de elevación a juicio oral -a la que accedió Infobae- hecha en 2019 por el fiscal Nacional en lo Criminal y Correccional Nº26, Patricio Lugones, luego de concluir la etapa de instrucción.
“En cada amenaza renovaba el dolo y la intención de continuar con sus acciones y esto debe entenderse en un análisis de género global relacionado con el resto de los hechos”, resaltó Ciruzzi en su alegato. El funcionario judicial indicó que cuando la mujer pudo restablecerse para salir de la habitación, el conductor la empujó, por lo cual cayó al piso, donde comenzó a patearla y a golpearla con un cinturón. “Vení, vení, hija de p… . Yo te voy a dar”, le gritó el acusado.
En el verano de ese mismo año, “La Tota Santillán” y su pareja se encontraban en Mar del Plata a bordo de un auto manejado por él, cuando de repente aceleró a toda velocidad mientras decía: “Te voy a matar en el acantilado y nadie te va a encontrar”. La mujer se asustó e intentó abrir el auto para escaparse, lo que derivó en que el animador detuviera el vehículo.
El representante del MPF relató también que en Santiago del Estero en agosto de 2014, durante una discusión, “la Tota Santillán” tomó del cuello a la mujer y comenzó a ahorcarla. Intentó pedir ayuda pero el acusado la encerró en el baño y la zamarreó, mientras le impedía gritar colocándole un puño en su boca. “¿Así que querés gritar?”, le dijo a la víctima.
Ciruzzi explicó que, durante la instrucción de la causa, la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional determinó que todos los hechos debían tramitarse juntos, independientemente del territorio en el que ocurrieron. “Las agresiones reiteradas que habría sufrido la víctima, tanto en Capital Federal como en otras localidades, conforman un mismo contexto de violencia de género”, sostuvo la Cámara en su fallo.
Durante el proceso y en el alegato, el fiscal resaltó lo relatado por la víctima y dio detalles con cada una de las agresiones y las situaciones que había vivido de forma cotidiana. Por ejemplo, ya separados, en 2016, -siempre de acuerdo con la elevación a juicio- el hombre la encerró en un baño de un departamento en Mar del Plata, le tapó la boca, la tomó del cuello e intentó arrancarle la calza para abusar sexualmente de ella. “Te voy a violar y después de te voy a matar”, expresó supuestamente Carías.
El fiscal destacó también el testimonio de la psicóloga que atendió a la denunciante y el informe de la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema, donde se concluyó que tanto la mujer como sus hijas atravesaban una “situación de alto riesgo”. A ello le sumó las medidas cautelares fijadas en el marco de una causa civil y las constancias médicas donde se constataron las heridas en el tobillo, en el rostro y en el tabique nasal. “Actuó siempre con pleno conocimiento y voluntad”, resaltó Ciruzzi, y destacó la relevancia de abordar el caso con perspectiva de género.
Asimismo, el fiscal relacionó lo que vivió la ex pareja con dos secuencias en las cuales fueron víctimas otras dos personas, una ex empleada doméstica de la pareja y, por el otro, el ex suegro. Entre junio y agosto de 2016, el fiscal consideró probado que el imputado le hizo serie de amenazas a la trabajadora. No sólo le advirtió que la mataría sino que hizo una campaña de difamación en su contra a través de las redes sociales.
La señalaba como la responsable de su separación de pareja. A esa serie de publicaciones le siguieron llamados a la víctima, donde le decían que “sabían todo de ella y de sus padres” y que la iba a matar.
Por último, se explicó en qué consistieron las amenazas contra el ex suegro. Según dijo, se dieron en el marco de una orden de restricción que había sido dictada contra Carias por un juez civil y donde se le indicaba que se abstuviera de mencionar “cuestiones personales relativas a su ex esposa y a sus hijas, en cualquier medio de comunicación o red social”. El fiscal relató que, aprovechándose de ser una figura pública, el productor y conductor “inició una campaña de desprestigio y difamación” en contra del padre de su ex pareja.
Por último, Ciruzzi le solicitó al juez que a Carías se le fije un esquema donde tenga que asistir al tribunal cada 15 días hasta que la sentencia quede firme si la sentencia queda firme.
En 2017, el conductor y figura del circuito de cumbia había sido detenido por hurtar mercadería en un local de Vicente López.