Los cuatro jueces del tribunal supremo han rechazado un recurso de per saltum presentado por el abogado Andrés Gil Domínguez contra el decreto desregulador, argumentando que no había un caso concreto, una causa o una controversia que justificara su intervención.
En una decisión unánime, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha declarado inadmisible un «per saltum» presentado por el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez contra el DNU 70/23 impulsado por el presidente Javier Milei. La fundamentación principal del rechazo radica en la ausencia de un «caso concreto», «causa» o «controversia» que justificara la intervención del tribunal en este asunto.
El recurso presentado por Gil Domínguez buscaba promover un «proceso autosatisfactivo», instando a la Cámara de Diputados y al Senado de la Nación a que abordaran de manera inmediata el tratamiento del DNU 70/23, con el fin de su aprobación o rechazo en un plazo máximo de 30 días, según lo establecido por la ley 26.122.
Este reclamo llegó a los tribunales después de que fuera rechazado inicialmente por el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N°1, a cargo de Rodolfo Facio, quien desestimó el planteo por ausencia de legitimación activa y falta de «caso» o «controversia».
El fallo de la Corte Suprema, dado a conocer ayer, cuenta con las firmas de los cuatro integrantes del máximo tribunal: Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. En su decisión, los ministros argumentaron que la petición de Gil Domínguez no presentaba una afectación concreta y particularizada, por lo que las razones esgrimidas por el demandante resultaban «insuficientes» para configurar un caso o controversia.
Esta decisión de la Corte Suprema refleja un patrón similar al de casos anteriores relacionados con el DNU de Milei. La Justicia rechazó de manera unánime, hace unos días, dos planteos contra el DNU 70/23 de Javier Milei, argumentando que no existía un «caso concreto», «causa» o «controversia» que justificara su intervención.
Uno de los fallos corresponde al recurso extraordinario presentado por el abogado Jorge Rizzo, en representación de la Asociación Civil Gente de Derecho, en diciembre de 2023, poco después del anuncio del decreto en cadena nacional por parte del presidente, solicitando la anulación total del DNU.
Por otro lado, la misma pretensión tuvo la medida cautelar presentada por el gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, a través de sus representantes legales Raúl Ferreyra y Eugenio Zaffaroni, quienes en febrero de este año promovieron una acción declarativa de certeza contra el Estado Nacional con el objetivo de poner fin al estado de incertidumbre derivado de la supuesta «inconstitucionalidad» del decreto.
El presidente del tribunal, Horacio Rosatti, ha expresado en diversas ocasiones que es necesario darle tiempo a la política para resolver estos asuntos, aunque ha dejado claro que, si no se resuelven, lo hará la Justicia. Rosatti ha manifestado su preferencia por evitar la judicialización prematura de temas políticos.
Sin embargo, aún quedan pendientes otros reclamos relacionados con el DNU, siendo el más significativo el referido a la reforma laboral incluida en el Capítulo IV del mismo, que tiene como objetivo eliminar el trabajo en negro y modernizar el mercado laboral. Además, según un relevamiento, la Corte tiene cerca de 30 reclamos de 16 provincias que reclaman por recortes de fondos, sumando un total de aproximadamente 1.000 millones de dólares.
Por otro lado, Javier Milei anunció la semana pasada a través del Boletín Oficial su propuesta para que Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla integren la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en reemplazo de la vacante dejada por Elena Highton de Nolasco y el cupo que se abrirá debido a la jubilación de Juan Carlos Maqueda, respectivamente. Este anuncio abre un período de quince días para que la ciudadanía y diversas organizaciones presenten sus posturas respecto a los candidatos propuestos, antes de su eventual designación por el Senado.